EL MOTIVO DE ESTA ENTRADA ES
PARA QUE TENGAIS UNAS NOCIONES DE CÓMO SE CALCULA LA CUANTÍA DE LA
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO.
¿Qué
datos necesitamos saber para calcular el despido?
·
Si somos un trabajador diario o mensual (es
decir, si todos los meses cotizamos por 30 días o en función de los días
naturales del mes), lo cual suele ir relacionado con el grupo de cotización.
·
La fecha de antigüedad en la empresa, es la
que suele aparecer en la nómina. Otra forma de mirarlo es en la vida laboral
(si en la empresa has estado varias veces y de descanso hay menos de 20 días
laborales, se puede ver la posibilidad de que se acumule la antigüedad de los
otros contratos).
·
Por último si tenemos siempre el mismo
salario y la misma base de cotización… debemos ver la última nómina antes del
despido. En el caso de tener una retribución variable (como por ejemplo un
comercial, o que nos paguen nocturnos..), debemos tomar la media de las últimas
6 o doce nóminas.
VAMOS
A LOS EJEMPLOS.
Supongamos que el día 30 de
junio de 2014 me despidieron de la empresa en la cual prestaba servicios como
administrativo (salario mensual), mi antigüedad era del 01/01/2010. Y mi
salario era invariable (TOTAL DEVENGADO 720 euros y de base de cotización 840 euros).
¿
qué indemnización me corresponde por despido objetivo? Y ¿si fuera improcedente?
SOLUCIÓN
DESPIDO CAUSA OBJETIVA:
o
SU
BASE REGULADORA DIARIA: bc/días cotizados mes=840/30= 28 euros diarios.
o
ANTIGÜEDAD:
tenemos que ver los días que lleva de alta en la empresa: desde 1/1/2010 al
30/6/2014 (cada año se computa 360 días al ser un trabajador mensual, sería 365
si fuera diaria)= 1620 días.
o
Este
tipo de despido se paga a 20 días por año de servicio.
Entonces dividimos el total de los días entre 360 (es trabajador mensual) y lo
multiplicamos por 20=
1620/360*20=
90 días de despido.
o
Por
último multiplicamos los días del despido por la Br diaria=90*28=
2520 euros.
Por lo tanto, el despido
sería de 2520 euros.
SOLUCIÓN
DESPIDO IMPROCEDENTE.
o
SU
BASE REGULADORA DIARIA: bc/días cotizados mes=840/30= 28 euros diarios.
o
ANTIGÜEDAD:
tenemos que ver los días que lleva de alta en la empresa: desde 1/1/2010 al
30/6/2014 (cada año se computa 360 días al ser un trabajador mensual, sería 365
si fuera diaria)= 1620 días.
o
Este
tipo de despido se paga a 45 días por
año de servicio hasta el 11/2/2012 Y desde esa fecha 33
días.
ü Hasta
el 11/2/2012, el trabajador ha estado 761 días. Lo dividimos entre 360 (es
mensual el trabajador) y lo multiplicamos por 45 días: 761/360*45= 95,12 días.
ü Desde
el 12/2/2012 hasta el despido el trabajador está 859 días. Lo dividimos entre
360 (es mensual el trabajador) y lo multiplicamos por 33 días:859/360*33= 78,74 días
o
Por
último multiplicamos los días del despido por la Br diaria=
(95,12+78,74)*28= 4868,08 euros.
Si queréis ver más normativa
sobre estos despido o las mensualidades máximas para el despido, os dejé una
entrada en la cual recoge de manera resumida los artículos del ET que hablan
sobre esto.
Si os van a despedir y no
sabéis muy bien como calcularlo, o quieres más ejemplos, ponte en contacto
conmigo.
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