ALGUNOS SUBSIDIOS
Por
agotamiento de la prestación contributiva.
¿QUÉ
REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
-
Haber agotado una
prestación contributiva.
-Llevar
un mes inscrito como demandante de empleo, desde el agotamiento de dicha
prestación.
-Tener
responsabilidades familiares salvo que tenga 45 o más años, que no será
necesario.
Los
trabajadores que hayan agotado una prestación contributiva para eventuales
agrarios no tienen derecho a percibir este subsidio.
PLAZO PARA SOLICITARLA.
En
los 15 días hábiles siguientes a la finalización del mes de espera desde el
agotamiento de la prestación contributiva.
TIEMPO DURANTE EL QUE SE
PUEDE COBRAR EL SUBSIDIO.
6
meses prorrogables por períodos semestrales, en función de la duración de la
prestación por desempleo de nivel contributivo que Ud. haya agotado y de su
edad, siempre que lo solicite en plazo.
Por pérdida de empleo
Otros
requisitos que debe reunir
-Haber
perdido involuntariamente un empleo.
-Con
responsabilidades familiares, haber cotizado por desempleo entre 90 y 179 días.
-Sin
responsabilidades familiares, haber cotizado por desempleo entre 180 y 359
días.
Plazo
para solicitar
En
los 15 días hábiles siguientes al último día trabajado o a la finalización del
período equivalente a las vacaciones retribuidas y no disfrutadas.
Tiempo durante el que
puede cobrar el subsidio
Varía
en función del tiempo que Ud. haya cotizado y de si tiene o no
responsabilidades familiares, siempre que lo solicite en plazo.
Para mayores de 55 años
Otros
requisitos que debe reunir.
-Tener
cumplidos 55 o más años en la fecha de agotamiento de la prestación
contributiva o del subsidio por desempleo, o tener cumplida esa edad en el
momento de reunir los requisitos para acceder a alguno de los otros subsidios,
o cumplirla durante la percepción de éstos.
-
Cumplir todos los requisitos salvo la edad, para acceder a la pensión de
jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
-Haber
cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
-No
ser trabajador fijo-discontinuo ni haber agotado una prestación contributiva
para eventuales agrarios.
Aunque
el solicitante carezca de rentas propias superiores al 75 del SMI, únicamente se entenderá cumplido el
requisito de carencia de rentas cuando la suma de las de todos los integrantes de
la unidad familiar (cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores
discapacitados o menores acogidos), en su caso, incluido el solicitante,
dividida por el número de miembros que la componen no supere el 75 % del SMI,
excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Plazo
para solicitar
A
partir del momento en que cumple la edad de 55 años, hallándose en alguno de
los supuestos de acceso a cualquier tipo de subsidio o encontrándose
percibiéndolo.
Tiempo
durante el que puede cobrar el subsidio
Hasta
cumplir la edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación en
cualquiera de sus modalidades.
Para
mantener el subsidio, anualmente deberá presentar una declaración de sus
ingresos y los de la unidad familiar, en su caso.
Más
información
El
SEPE ingresará la cotización a la Seguridad Social correspondiente a la
jubilación. La base de cotización será el 100 % del tope mínimo de cotización
vigente en cada momento.
Ud.
podrá suscribir con la Seguridad Social un Convenio Especial para complementar
la cotización para jubilación.
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