sábado, 17 de enero de 2015

EL AUTÓNOMO CONSIDERACIONES GENERALES

El alta de autónomo ha de hacerse mediante el modelo TA 0521, en los 30 días siguientes al inicio de su actividad laboral.

Sólo se cotizará una vez de autónomo pudiendo realizar varias actividades por cuenta  propia, también es compatible con estar de alta en el régimen general y se tiene en cuenta ambas cotizaciones.

El pago del autónomo se hace con carácter mensual (al igual que los TC1), de no cumplirlo lleva recargos en intereses.

Para el alta de autónomo como persona física, se debe presentar el modelo TA0521, el 036 o 037, número de la cuenta bancaria donde se va a realizar el pago y copia del DNI.
Para el alta de autónomo de una sociedad, hay que presentar junto a la documentación anterior las escrituras de la empresa y copia del CIF.

La baja de autónomo ha de hacerse en el plazo de seis días. Y se ha de presentar el TA0521, DNI, 036 o 037.

Los plazos de alta y baja son importantes.

(1)   El autónomo paga el mes entero.
 Es decir si se da de alta el 15 de un mes, va a cotizar y pagar por todo ese mes.

Si se da de baja con fecha del último día del mes, tiene hasta el día 6 del mes siguiente como plazo para realizarla. De no ser así pagará el nuevo mes entero. 

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