La paternidad comenzaremos a
disfrutarla a partir de que se nos acaban los días de licencia retribuida (bien
por convenio o ET).
En condiciones normales se tendrá
derecho a 13 días de paternidad.
En primer lugar del hospital me
han de dar el llamado informe de maternidad (en el recoge la fecha de parto y
datos de la madre).
Y posteriormente debemos solicitar
la maternidad en el INSS, presentando una serie de documentos (a lo mejor os
solicitan alguno que otro más):
certificado de empresa
informe de maternidad
cuenta bancaria
libro de familia
145 (teneis el enlace en la entrada llamada solicitud de maternidad)
Una vez presentada toda esta
documentación, nos llega una carta en la que nos reconoce tal derecho y la
fecha hasta cuando se disfruta la paternidad ( a partir del día siguiente
debemos incorporarnos al trabajo), es aconsejable darle una copia de esto a la
empresa, para que sepa hasta que fecha se estará haciendo uso del derecho al
disfrute de la paternidad.
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