domingo, 5 de abril de 2015

CAMBIOS EN LA COTIZACIÓN DE DIETAS Y KILOMETRAJES



A través del  Real Decreto-ley 16/2013 de 20 de diciembre se aprobaron una serie de medidas  a través del que se añadieron a la base de cotización algunos conceptos.
¿QUÉ SUPONE ESTO?
Pues que ahora deben incluirse en las bases de la cotización ALGUNOS conceptos que hasta el momento no lo hacían. Algunos ejemplos son:
  • Gastos de manutención con pernocta, en España: en municipio distinto, exceso de 53,34€/día
  • Gastos de manutención con pernocta, en el extranjero: exceso de 91,35€/día
  • Gastos de manutención sin pernocta, en España: en municipio distinto, el exceso de 26,68€/día
  • Gastos de manutención sin pernocta, en el extranjero: exceso de 48,08€/día
  • Kilometraje: Exceso de 19 céntimos por kilómetro recorrido
Esto tiene la consecuencia de recaer sobre:
-el trabajador (en su salario).
- y en el empresario (en la cotización del trabajador).


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